El nuevo Reglamento de aeronaves no tripuladas de la EASA se convirtió en ley el 31 de diciembre de 2020. ¿Pero qué significa eso para usted como viajero recreativo? Aquí está todo lo que necesita saber dividido en secciones del tamaño de un bocado.

¿Qué es el nuevo Reglamento de aeronaves no tripuladas de la EASA (2019/947 y 2019/945)?

El nuevo reglamento de la EASA tiene como objetivo consolidar y estandarizar todas las operaciones de aeronaves no tripuladas (UA) en el espacio aéreo de la UE. Adoptando un enfoque basado en el riesgo, las nuevas reglas no distinguen entre actividades comerciales y de ocio; pero se basan en el peso y las especificaciones de la UA, combinados con el alcance de la operación. En última instancia, el marco regulatorio hará que volar UA en la UE sea mucho más simple y allanará el camino para una mayor adopción comercial.

¿Qué incluyen las aeronaves no tripuladas?

Según la EASA, una aeronave no tripulada es cualquier aeronave que opere o esté diseñada para operar de forma autónoma o para ser pilotada de forma remota sin un piloto a bordo. Entonces, esto incluye aviones RC, helicópteros y drones.

¿A quién se aplican las nuevas reglas?

Las nuevas reglas se aplican a todas las operaciones de UA en el espacio aéreo europeo; esto incluye a los miembros de la UE y los Estados miembros de la EASA. Si es un visitante de fuera de la UE que desea operar en el espacio aéreo europeo, también deberá cumplir con las nuevas reglas.

Registro obligatorio de operador de UA

Lo primero es lo primero, si aún no se ha registrado como operador / propietario de UA, hágalo con la Autoridad Nacional de Aviación del país de la UE en el que reside. Solo necesita registrarse una vez, independientemente de cuántas UA posea. Una vez registrado, recibirá un "Número de registro de operador" que debe mostrarse con una pegatina / etiqueta en todos los UA que posee.

Las tres categorías de operaciones de UA

Con base en los tipos de operación y sus correspondientes niveles de riesgo, se han definido tres categorías de operaciones en el nuevo marco: la Categoría Abierta (bajo riesgo), la Categoría Específica (riesgo medio) y la Categoría Certificada (alto riesgo).

La mayoría de los volantes recreativos se incluirán en la categoría abierta, por lo que para el propósito de este blog, nos centraremos más en eso. La Categoría Específica y la Categoría Certificada están más orientadas a actividades comerciales que incluyen, entre otras, volar más allá de la línea visual, volar a una altura de más de 120 metros, sobrevolar personas y transportar mercancías con alto riesgo en caso de accidente.

La categoría abierta

Es importante reconocer que el nuevo marco no es solo un conjunto de pautas que dictan dónde puede y dónde no puede volar, es más un enfoque holístico donde se deben cumplir requisitos previos específicos antes de emprender ciertos tipos de operaciones.

Teniendo esto en cuenta, la Categoría Abierta se divide en tres subgrupos: A1, A2 y A3. Cada subgrupo tiene su propio conjunto de requisitos; sin embargo, antes de determinar a qué subgrupo pertenece, primero debe verificar que está operativo en la categoría abierta.

Estos son los criterios preliminares para volar en la categoría abierta:

  • Su UA (construido o comprado de forma privada) pesa menos de 25 kg;
  • Su operación no implicará sobrevolar personas a menos que su UA pese menos de 250 g;
  • Su operación se mantendrá en línea visual de visión (VLOS) o el piloto remoto será asistido por un observador de UA;
  • Su operación se vuela a una altura no superior a 120 metros;
  • Su operación no transportará mercancías peligrosas y no dejará caer ningún material.

 Una vez que haya confirmado que puede operar en la categoría abierta, debe determinar a qué subgrupo pertenece. Después del 1 de enero de 2023, todos los AU fabricados comercialmente consistirán en una “etiqueta de identificación de clase” que va de C0 a C4. La etiqueta de identificación de clase determinará en última instancia en qué subgrupo puede volar.

Subgrupo A1

El subgrupo A1 esencialmente le permite volar en casi todas partes, excepto en lugares concurridos, sobre reuniones de personas y áreas que su estado respectivo ha prohibido al imponer una restricción al vuelo de drones. UA construido de forma privada que no pese más de 250 g puede volar libremente por debajo de A1 sin ningún entrenamiento o restricción de edad.

Los modelos comerciales que pesen menos de 500 g solo se pueden volar bajo A1 si el operador tiene al menos 16 años, se ha registrado como operador de UA, ha leído el manual del usuario, ha completado un curso de capacitación en línea proporcionado por su respectiva Autoridad Nacional de Aviación y ha aprobado el examen de conocimientos teóricos en línea.

Subgrupo A2

El subgrupo A2 permite a los operadores volar en entornos urbanos, sin embargo, se debe mantener una distancia mínima "segura" entre las personas no involucradas. La distancia "segura" se puede definir como la distancia igual a la altura a la que el UA está volando (por ejemplo, si está volando a una altura de 30 m, asegúrese de que la persona no involucrada más cercana esté al menos a 30 m de la posición donde la UA caería verticalmente en caso de incidente).

Los modelos comerciales que pesen menos de 2 kg se pueden volar bajo A2 solo cuando el operador tiene al menos 16 años, se ha registrado como operador de UA, ha leído el manual del usuario, ha completado un curso de capacitación en línea proporcionado por su respectiva Autoridad Nacional de Aviación, ha aprobado examen de conocimientos teóricos, capacitación práctica completa y haber aprobado un examen de conocimientos teóricos adicional proporcionado en una instalación identificada por la Autoridad Nacional de Aviación.

Subgrupo A3

El subgrupo A3 solo permite que los operadores vuelen fuera de entornos urbanos con la AU mantenida al menos a 150 m de distancia de las infraestructuras residenciales, comerciales o industriales más cercanas; y donde no haya personas ajenas a la zona en el rango operativo de la AU.

Los modelos de fabricación privada o comerciales que pesen hasta 25 kg se pueden volar en A3 solo cuando el operador tiene al menos 16 años, se ha registrado como operador de UA, ha leído el manual del usuario y ha completado un curso de capacitación en línea proporcionado por su respectiva Autoridad Nacional de Aviación. y haber aprobado el examen de conocimientos teóricos en línea.

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